No existe ninguna obligación jurídica a ejercer las funciones educativas, sociales o emocionales de padre.
La obligación jurídica, para quien renuncie a lo demás, es pagar. Por domiciliación si quiere.
El resto es todo opcional (aunque por supuesto retrate al hombre en cuestión)
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https://nitter.cz/VickyRosell/status/1742588795445281264#m
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🐦🔗: https://nitter.cz/iguardans/status/1742608531415531893#m
[2024-01-03 18:07 UTC]