La violencia contra las mujeres debe entenderse como una forma de persecución, por lo que aquellas que estén sometidas a actos de violencia física o psíquica –incluidos actos de violencia sexual y machista– y que huyan de su país de origen por riesgo, por ejemplo, de sufrir un crimen de honor, violencia sexual o un matrimonio forzoso deben poder obtener el estatuto de refugiadas en la Unión Europea
https://www.publico.es/mujer/tribunal-union-europea-reconoce-derecho-mujeres-escapan-violencia-machista-pedir-asilo.html
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[2024-01-17 18:15 UTC]