Artículo 183 bis
El que,con fines sexuales,determine a un menor de dieciséis años a participar en un comportamiento de naturaleza sexual, o le haga presenciar actos de carácter sexual, aunque el autor no participe en ellos, será castigado con una pena de prisión de 6 mes a 2 añ.
RT @Jorgebuxade: Padres de Vilassar de Mar denunciarán al ayuntamiento por una gincana sexual con sus hijos.
Corrupción de menores. Sin más. No es ni form…
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