RT by @ramontremosa: Se ha entrado en modo ocurrencia porque el TJUE, en su sentencia de 31.1.2023 Asunto C-158/21, ha dicho:
"100 En particular, no puede considerarse un tribunal establecido por la ley, en el sentido de dicho artículo 6, apartado 1, un tribunal supremo nacional que resuelva en primera y última instancia sobre un asunto penal sin disponer de una base legal expresa que le confiera competencia para enjuiciar a la totalidad de los encausados."
🐦🔗: https://nitter.cz/boye_g/status/1727061177174216801#m
[2023-11-21 20:27 UTC]